LOS ESTÁNDARES INTERPRETATIVOS DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS EN MATERIA DE DERECHOS POLÍTICOS Y LA INCONVENCIONALIDAD DE LA LEY BRASILEÑA

Luiz M. P. Bastos Jr., Rodrigo Mioto dos Santos

Resumen


En el derecho brasileño, el derecho fundamental de concurrir a los pleitos electorales está sujeto al cumplimiento de un conjunto de condiciones de habilitación (condiciones de elegibilidad) y puede ser restringido ante la ocurrencia de causas de inelegibilidad, muchas de las cuales se presentan como sanciones de inhabilitación. El presente artículo tiene por objetivo confrontar la Ley Brasileña de Inelegibilidades (Ley Complementaria N° 64/90) frente a la garantía prevista en la CADH (artículo 23). Se defiende, pues, que la casi totalidad de las hipótesis previstas en la norma local no sobrevivirían al análisis de compatibilidad con las garantías convencionales, según la jurisprudencia de la Corte Interamericana. Por último, se defiende que los jueces electorales, a despecho de la existencia de decisión vinculante emanada del Supremo Tribunal Federal (ADI4578), deben negar vigencia a las reglas domésticas en orden de conferir eficacia ampliativa a los derechos políticos y a la propia democracia.

Palabras clave


Control de Convencionalidad; Derecho de ser elegido; Ley de Inelegibilidades Brasileña

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