ENTRE LA NOCIÓN IMPERANTE DE ORDEN PÚBLICO Y LOS FINES RELIGIOSOS EN EL CASO DE LA OBJECIÓN DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE ENTIDADES RELIGIOSAS A LA IGLESIA DE UNIFICACIÓN

Jorge del Picó Rubio

Resumen


El artículo aborda, a partir del caso judicial suscitado por la objeción del registro de la Iglesia de Unificación, por parte del Ministerio de Justicia, el análisis de la eventual colisión entre el principio de libertad religiosa tutelado en el art. 19 Nº 6 de la CPR y el concepto de orden público cautelado por la Carta Fundamental, analizando en particular los fundamentos aportados por el Ministerio durante la ejecución del examen de calificación, la legalidad de la procedencia de dicho examen, el carácter sustantivo del mismo y los razonamientos jurídicos que dan lugar a los fundamentos jurídicos de las resoluciones en sede administrativa y, principalmente, en sede jurisdiccional que asentaron la doctrina actualmente vigente sobre la materia.

Palabras clave


Libertad Religiosa; Orden Público; Sectas Religiosas y Ordenamiento Jurídico; Marco Constitucional de la Libertad Religiosa

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