¿Es el terrorismo de palabra un límite excesivo y desproporcionado al derecho fundamental a la libertad de expresión? El caso español

Isabel SERRANO MAILLO

Resumen


En los últimos años en España están proliferando lo que se han venido a llamar leyes mordaza. Se trata de normas que limitan de manera exagerada y desproporcionada el derecho fundamental a la libertad de expresión. En este trabajo se pretende analizar si la inclusión en nuestro código penal (CP) de los delitos de enaltecimiento y justificación del terrorismo, así como el de humillación a las víctimas responden a esta tendencia o si, por el contrario, la limitación del derecho a la libertad de expresión en su nombre es legítima. El debate surge porque la inclusión de estos delitos ha supuesto la condena de miembros de la sociedad civil (raperos, blogueros, usuarios de Twitter) ajenos a la acción violenta, por comentarios jocosos que hasta ahora eran simples chistes o por opiniones que, si bien pueden ser rechazables y contrarias al sentir mayoritario, igualmente deben ser protegidas por la libertad de expresión. Y esto es así, porque en caso contrario, se produciría un desaliento que nos llevaría a la autocensura de aquellas opiniones que se encuentran en el margen de la legalidad resultando perjudicial para el debate público y la creación de una opinión pública libre.


Palabras clave


Libertad de expresión, terrorismo de palabra, principio de proporcionalidad, teoría del desaliento

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