Control migratorio y derechos fundamentales en la Constitución chilena: algunas consideraciones para el proceso constituyente
Resumen
Pese a no existir en ella referencias explícitas a la inmigración, la doctrina y jurisprudencia constitucionales han considerado que la Constitución de 1980 ha ofrecido a las personas migrantes un alto estándar de protección de sus derechos fundamentales. En el artículo se sostiene que en la futura Constitución es necesario dar continuidad a este marco particularmente garantista, e incorporar normas que dirijan la acción del Estado hacia la adopción de políticas migratorias que se enfoquen en los derechos de las personas migrantes y que favorezcan su integración.
Palabras clave
Derecho constitucional migratorio, Control migratorio, Derechos fundamentales de los migrantes, Proceso constituyente
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