EL JUEZ DE CONTROL COMO GARANTE DE LA CONVENCIONALIDAD DE LAS NORMAS EN EL NUEVO PROCESO PENAL MEXICANO

Hesbert Benavente Chorres

Resumen


La Suprema Corte de Justicia de la Nación Mexicana, con fecha 12 de julio de 2011, estableció que todos los jueces - federales y locales- tienen la obligación de aplicar el control difuso de la convencionalidad de las normas, dentro del ámbito de sus competencias; en ese sentido, se va estudiar la aplicación del citado control en el marco de las normas penales a través de uno de los nuevos operadores jurídicos del sistema acusatorio mexicano, esto es, el juez de control; incidiendo en normas tales como: el acceso a los registros de investigación, medidas cautelares impuestas por el Ministerio Público, intervención de comunicaciones privadas sin orden judicial y la intervención judicial en la toma de muestra y fluidos corporales sin consentimiento del examinado

Palabras clave


Corte Interamericana de Derechos Humanos; control difuso de la convencionalidad; normas penales; juez de control ; proceso penal acusatorio

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