EL NÚCLEO LABORAL DEL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA LIBERTAD DE EMPRESA

Pedro Irureta Uriarte

Resumen


El derecho a desarrollar cualquier actividad económica, consagrado en el artículo 19 Nº 21 de la Constitución (también conocido como libertad de empresa), contiene una serie de garantías que se vinculan no sólo con el Orden Público Económico sino que además con el denominado Orden Público Laboral. En virtud de dicho precepto se explica parte importante de las facultades del empresario en su calidad de empleador, y su adecuada comprensión exige un análisis sistemático de la libertad de empresa en congruencia con los derechos que la propia Constitución le reconoce al trabajador. El artículo 19 Nº 21 no es una garantía aislada ni excluyente del sistema de relaciones laborales que ha diseñado la Constitución, y tampoco puede ser visto como una norma de carácter meramente economicista

Palabras clave


Derecho Constitucional a la Libertad de Empresa; Derechos Fundamentales en la Relación Laboral; Constitución; Orden Público Laboral

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