LA OBLIGACIÓN DE “RESPETAR” Y “GARANTIZAR” LOS DERECHOS HUMANOS A LA LUZ DE LA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA

Eduardro Ferrer Mac-Gregor, Carlos María Pelayo Möler

Resumen


El artículo 1º de la Convención Americana proporciona las bases de aplicabilidad personal, espacial y material de dicho instrumento internacional. Las obligaciones generales de “respeto” y “garantía” previstas en dicho precepto han motivado una rica jurisprudencia de la Corte Interamericana que es el motivo principal de análisis en este trabajo. Una de las principales consecuencias es la derivación de obligaciones específias para los Estados parte, como las relativas a prevenir, investigar y sancionar cualquier violación a los derechos y libertades, así como a restablecer el derecho y a reparar los daños ocasionados por la violación. Estas obligaciones se han incorporado
recientemente en el artículo 1º de la Constitución mexicana y ha propiciado cambios trascendentales en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia, aceptándose como obligatorio para los jueces el “control difuso de convencionalidad” lo que representa una nueva dimensión en el sistema del derecho procesal constitucional mexicano.


Palabras clave


Artículo 1º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; Obligaciones generales; Obligaciones de respeto y garantía; Obligaciones de prevenir, investigar y sancionar; Obligación de restablecer y reparar; Derecho Procesal Constitucional

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